Bulgaria y Rumanía se convirtieron en miembros de la Unión Europea el 1 de enero de 2008.
Como ciudadanos de la UE, pueden beneficiarse del sistema de inmigración de la UE a través del Decreto (Real Decreto 178/2003 de 14 de febrero), que establece las condiciones de entrada y residencia de los ciudadanos de la UE en España.
Sin embargo, el Consejo de Ministros ha concedido un periodo de gracia de dos años para la plena aplicación de este reglamento. Esta medida permitirá al gobierno español evaluar el impacto de la migración en el mercado laboral tras el primer año de transición y decidir si acortar las restricciones.
Esto significa que, aunque sean ciudadanos de la UE, no tienen todos los derechos comparables a la ciudadanía, ni tampoco los miembros de su familia.
Documentos para la entrada en España de ciudadanos búlgaros y rumanos.
- Pasaporte o documento de identidad válido (con indicación de la nacionalidad del titular):
- No se necesita visado para entrar en España y se permite una estancia de hasta tres meses. Si piensa permanecer más de tres meses, debe registrarse como extranjero en la comisaría de policía más cercana a su lugar de residencia y obtener un permiso si desea trabajar.
- Puede utilizar la cola para ciudadanos de la UE en los controles fronterizos.
Requisitos para los nacionales búlgaros y rumanos que deseen trabajar en España:
Hasta que se apliquen plenamente las disposiciones vigentes para los ciudadanos de la UE, los rumanos y búlgaros deben solicitar un permiso de trabajo adecuado para trabajar en España.
- Los ciudadanos que no hayan residido legalmente en España desde el 1 de enero de 2008 deben solicitar un permiso de trabajo para poder trabajar en España por cuenta ajena (se tiene en cuenta su situación laboral en el país). Esta solicitud debe presentarla el empresario español antes de que el trabajador comience a trabajar. Una vez obtenido el permiso de trabajo, el trabajador debe presentarlo en el consulado español del país de origen. Sin embargo, si el trabajo es temporal y dura menos de 180 días, este procedimiento no es necesario. Al entrar en territorio español, el extranjero debe inscribirse en el Registro Central de Extranjeros en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada y obtener un permiso de trabajo y un certificado de validez.
- Los ciudadanos que residen legalmente en España desde el 1 de enero de 2007 pueden trabajar en España con un permiso de trabajo (sin tener en cuenta la situación laboral nacional), inscribirse en el Registro Central de Extranjeros en el plazo de tres meses desde la fecha de expedición del permiso y obtener también un permiso y un certificado de su validez.
Si regresa a su país de origen después de que expire su permiso de trabajo, puede ser contratado por su nombre para el mismo trabajo sin tener que pasar por un procedimiento de selección.