Perder la nacionalidad española

¿Cómo puedo perder la nacionalidad española? ¿Cuándo se pierde la nacionalidad española por residencia? ¿Se pierde la nacionalidad española por residir en el extranjero?

Según Ministerio de Justicia , La nacionalidad española se puede perder si.

  • Pérdida de la nacionalidad española Cuando una persona adquiere voluntariamente otra nacionalidad y no desea conservar la nacionalidad española en el plazo de tres años. Esto no es motivo suficiente para la pérdida de la nacionalidad española para las personas que han elegido la nacionalidad de un país latinoamericano, Filipinas, Andorra, Guinea Ecuatorial o Portugal.
  • Pérdida de la nacionalidad española Si vives en el extranjero y sólo utilizas la nacionalidad adquirida durante tres años, puedes evitar perder la nacionalidad española si declaras que quieres mantenerla durante esos tres años.
  • Pérdida de la nacionalidad española La residencia en el extranjero, la posesión de otra nacionalidad y la renuncia voluntaria a la nacionalidad española.
  • Pérdida de la nacionalidad española Si ha nacido en el extranjero y ha adquirido la nacionalidad española de padre o madre españoles también nacidos en el extranjero. En este caso. el solicitante debe declarar en los tres años siguientes a la adquisición de la nacionalidad española o a la mayoría de edad que desea conservar la nacionalidad española.

Un español que haya adquirido la nacionalidad por residencia pierde la nacionalidad española en los siguientes casos.

  • Si, tras adquirir la nacionalidad española, no la utilizan durante tres años y utilizan la nacionalidad a la que renunciaron en el momento de adquirir la nacionalidad española.
  • Realiza voluntariamente el servicio militar (uso de la fuerza) u ocupa un cargo político en un país extranjero prohibido por el gobierno.
  • Si se comprueba que la persona adquirió la nacionalidad española mediante engaño, ocultación o fraude.
  • Se aconseja a las personas que residen fuera de España o que se ausentan durante largos periodos que entren y salgan del país con un pasaporte español, que se inscriban en un consulado español en su país de residencia y que ejerzan su derecho al voto en las elecciones españolas (disponible en la embajada o consulado español en su país de residencia)

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