Nuevo Permiso de Paternidad 2021

Comenzamos el año con el compromiso de crear una sociedad justa.

A partir del 1 de enero de 2021, el permiso de maternidad se equiparará al permiso de maternidad y, por primera vez, ambos progenitores podrán disfrutar de 16 semanas de permiso de maternidad.

Gracias al Real Decreto-Ley de marzo de 2019 de Medidas Urgentes para Garantizar la Igualdad de Trato y Oportunidades entre Hombres y Mujeres en el Empleo y la Ocupación, el permiso parental pasó de cinco a ocho semanas en abril de 2019, a 12 semanas en 2020 y a las actuales 16 semanas en 2021.

De hecho, antes de 2007, los padres sólo tenían dos días de permiso retribuido, pero en ese año se amplió a 15 días, añadiendo 13 días a los dos. Esta prestación se mantuvo hasta 2017, cuando estos padres disfrutaron de cuatro semanas, que se ampliaron a cinco en 2018.

Por último, ambos pueden definirse ahora como 16 semanas de permiso que las mujeres y los hombres, ya sean trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, pueden tomar tras el nacimiento, la adopción o la crianza de un hijo, durante las cuales pueden recibir prestaciones económicas para compensar la pérdida de ingresos debida a la interrupción temporal del trabajo.

¿Cómo pueden los padres trabajadores aprovechar este nuevo permiso?

  • Las primeras seis semanas deben tomarse inmediatamente después del nacimiento y al mismo tiempo que el permiso de maternidad, la decisión judicial o la decisión administrativa en caso de adopción. Además, estas seis semanas deben cursarse a tiempo completo.
  • Las 10 semanas restantes podrán disfrutarse de forma acumulativa o intermitente de una semana dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento, a la decisión judicial o a la decisión administrativa en caso de adopción; podrán disfrutarse a tiempo completo o a tiempo parcial, pero en ningún caso podrán acumularse.
  • Este permiso se pierde si el padre decide no utilizarlo. No se puede transferir a la madre.

Este permiso también es prorrogable.

  • En el caso de los partos múltiples, las adopciones y los acogimientos, una semana por hijo a partir del segundo.
  • Si el niño tiene una discapacidad, 1 semana.
  • Hasta 13 semanas si el niño es hospitalizado por nacimiento prematuro más de 7 días después del parto.

¿Tienen los padres trabajadores derecho a la prestación por paternidad?

Sí, siempre que se cumplan las siguientes condiciones.

  • Sí, en el caso de los trabajadores que cotizan a la seguridad social o están empleados, la situación es equivalente a la del registro.
  • Los autónomos deben estar dados de alta en la Seguridad Social y en Hacienda y realizar los pagos a ambas sin demora.
  • Los padres trabajadores mayores de 26 años deben haber cotizado al menos 180 días o 360 días en sus años de trabajo en los siete años anteriores al permiso.
  • No se exige un periodo mínimo de cotización si el progenitor trabajador es menor de 21 años en la fecha de nacimiento, en la fecha de la resolución administrativa o judicial de acogimiento o en la fecha de la resolución judicial de adopción.
  • Y si el padre tiene entre 21 y 26 años, debe haber cotizado al menos 90 días en los siete años anteriores a la baja o 180 días durante toda su vida laboral.

¿Y qué tengo que hacer para reclamarlo?

  • En primer lugar, el certificado de nacimiento que le entregaron en el hospital, que deberá llevar a su médico de cabecera para que le entregue un certificado de nacimiento en el que figure la fecha de nacimiento y la fecha de inicio de la baja laboral.
  • Si es usted un empleado, debe remitir una copia de este informe al departamento de recursos humanos de su empresa para que le expidan un informe. href=»http://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/c38be4b2-1cb9-4239-b545-29b357764228/C-132_Castellano_Accesibilidad.pdf?MOD=AJPERES&CVID=»> Nombre de la empresa Indica el periodo de permiso parental y su último salario mensual. Si es un trabajador por cuenta propia, debe presentar una declaración de autónomo.
  • El formulario de solicitud es diferente para cada caso (nacimiento, adopción, acogida…) depende de las circunstancias de cada caso y, por supuesto, también es necesario si la madre quiere disfrutar del permiso en su totalidad o en varios tramos o quiere transferir parte del permiso al otro progenitor. Descargar Esto. Todos los modelos
  • DNI, libro de familia o certificado de Inscripción de los niños en el registro familiar y el número de la cuenta bancaria en la que desea recibir sus prestaciones.

¿Cuánto? ¿Voy a cobrar durante este tiempo?

Desde el primer día de la baja por maternidad, recibirá el 100% de sus cotizaciones. Se trata de su salario bruto, incluidos los copagos prorrateados, con un límite máximo de cotización de 4.070,10 euros para 2021.

El primer pago de las prestaciones se efectúa en la segunda semana del mes siguiente al de la aprobación de las prestaciones.

¿Cómo puedo solicitarlo?

Las solicitudes son tramitadas por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y, en el caso de los trabajadores del mar, por el ISM (Instituto Social de la Marina).

Debido a la crisis sanitaria provocada por la epidemia de COVID-19, actualmente se recomienda realizar estos trámites por Internet a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o del portal «Tu Seguridad social» si se dispone de certificado electrónico o Cl@ve permanente.

Si todavía no tiene un certificado electrónico, infórmese de cómo obtenerlo: Certificado digital o formulario de solicitud de Cl@ve Formulario de solicitud de certificado E o Cl@ve

Todos los trámites relacionados con las prestaciones también pueden realizarse en línea. MIGhKibg.com

¿Qué pasa si no tengo un certificado digital o cl@ve? Para evitar problemas en caso de pandemia, se ha creado un formulario de actuación de emergencia. ¡

Sin embargo, también es posible enviarlo por correo normal. Descargue y rellene el formulario aquí : Formulario de solicitud de maternidad y paternidad Envíe los documentos mencionados por correo a la Oficina Regional del INSS.

No obstante, el procedimiento puede continuar de forma presencial en cualquier momento, pidiendo cita y llevando toda la documentación al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). ¡ NOMBRAMIENTO.

Si tiene alguna duda sobre la solicitud de este permiso, para que le asesoren. Guía práctica de la Seguridad Social. y un vídeo de instrucciones titulado están disponibles. Asistentes virtuales para consultas y trámites. ISA

Si ha decidido que su hijo sea un «niño pandémico», esperamos que este artículo le resulte útil. Y enhorabuena por tu nueva aventura de ser padre.

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