Renovación de la inscripción en Padrón municipal

Renovación del empadronamiento de extranjeros no comunitarios sin residencia permanente.

tiene. Ley 4/1996 10 de enero. La Ley 4/1996, de 10 de enero, modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y obliga a todas las personas residentes en España a inscribirse en el Padrón Municipal, un registro administrativo que contiene los datos de las personas que viven en el municipio y que se encarga de tramitar todo tipo de procedimientos administrativos. El certificado se expide como documento oficial para la realización de todo tipo de trámites administrativos.

Este registro debe renovarse cada dos años para los extranjeros no comunitarios que no tengan residencia permanente. La no renovación puede suponer la exclusión automática del censo municipal y la pérdida de la inscripción.

La eliminación del registro del censo puede afectar a los servicios asociados al registro, como la asistencia sanitaria y la educación. Lo más importante es que los datos de Padrón son una prueba y demuestran no sólo la residencia en el municipio, sino también el lugar de residencia habitual. El certificado está destinado a los trámites administrativos, como la solicitud de un certificado de residencia, que es una raíz social.

La renovación es muy sencilla y puede solicitarse en la oficina de empadronamiento más cercana. Se pide al trabajador que verifique datos básicos como el nombre y los apellidos, el sexo, la dirección, la nacionalidad, el lugar y la fecha de nacimiento. Este proceso sólo dura unos minutos y permite al trabajador hacer constar su presencia permanente en España en los registros de las oficinas municipales.

¿Qué es el empadronamiento?
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