Requisitos para tramitar la reagrupación familiar

Reagrupación familiar: ¿Qué requisitos hay que cumplir?

  • Extranjeros de los países del Unión Europea Espacio Económico Europeo, Suiza o miembros de la familia de nacionales de estos países por estar sujetos al sistema de ciudadanía de la Unión.
  • No. Encontrado en Forma indeterminada En territorio español
  • No. Con Antecedentes penales Violaciones de las leyes aplicables en España y en los países donde residían anteriormente.
  • No. Con Prohibido Prohibido entrar en España y no estar registrado como utilizable en el espacio aéreo de un país con el que España tenga un acuerdo.
  • Atención sanitaria disponible. Seguridad social y seguro médico privado
  • No sufrir de No sufre ningún Enfermedad que puedan tener un impacto significativo en la salud pública, tal como se define en el Código Sanitario Internacional de 2005.
  • Desconocido En el periodo durante el cual el extranjero se compromete a no volver a España si participa en el programa de retorno voluntario Retorno voluntario
  • Con Recogido por. Tasas requeridas para el procedimiento.
  • con fondos abundantes para satisfacer las necesidades de la familia. Los ingresos procedentes de la asistencia social no se tienen en cuenta.

    Los ingresos mínimos son los siguientes: Número de miembros de la familia Se requieren 799 euros al mes para dos miembros (solicitante y demandante). Por cada miembro adicional cuesta 266 euros más al mes.

  • Uso gratuito Vivienda Demostración completa de
  • Para aquellos con Residencia en España Para un año Debe llevar al menos un año en el país y tener un permiso de residencia por otro año. Para reunirse con los ascendientes, el solicitante debe ser titular de un permiso de residencia de larga duración de la UE o de un permiso de residencia de larga duración.
  • Reunificación de los miembros de la familia Este puede ser el caso.

    Cónyuge o cliente Persona con la que el solicitante tiene una relación afectiva Persona con la que el solicitante tiene una relación afectiva Lo mismo ocurre con las relaciones entre cónyuges. En ningún caso puede unirse más de un cónyuge o pareja. El matrimonio y las relaciones amorosas similares son incompatibles. En el caso de un segundo o ulterior matrimonio, debe certificarse la disolución y la residencia conjunta del antiguo cónyuge o pareja y su familia, la pensión del cónyuge o pareja y la situación de los hijos.

    Niños Solicitante y cónyuge/pareja (incluido el ) Empleo Si el hijo es hijo de un cónyuge o de una pareja de hecho, el cónyuge o la pareja deben tener o recibir la custodia exclusiva y ser sustancialmente dependientes.

    – Representante legal, Menores de 18 años O que tienen una discapacidad y no pueden satisfacer objetivamente sus necesidades debido a su condición médica.

    Símbolo ascendente de primer grado Ciudadano de la UE residente de larga duración o cónyuge o pareja a cargo, si el solicitante es mayor de 65 años y existen razones legítimas que justifiquen la necesidad de residir en España.

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