A finales de la semana pasada, informamos de que el Gobierno tenía previsto aplicar los artículos sobre la Nuevas normas de acceso a la sanidad para inmigrantes y residentes extranjeros en España Esto explica que los extranjeros que no residen legalmente en España, es decir, sin residencia legal, sólo tienen derecho a la asistencia sanitaria básica, a las garantías de la atención de urgencia hasta el alta hospitalaria, a la atención de la maternidad (embarazo, parto y posparto) y a la asistencia infantil.
El BOJ ha publicado hoy el Real Decreto-Ley 16/2012, por el que se establecen medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del sistema nacional de seguridad social y mejorar la calidad y seguridad de las prestaciones del sistema nacional de seguridad social.
El Gobierno calcula que hay unos 500.000 extranjeros indocumentados en España y considera que, como consecuencia de las modificaciones de la Ley de Extranjería, no tendrán acceso a los servicios sanitarios y sólo recibirán una atención básica.
Tras este anuncio, se han recibido varias preguntas, entre ellas la
¿Cómo afectará esta medida a los inmigrantes que ya tienen la tarjeta sanitaria pero no el permiso de residencia?
Debido a los cambios o reformas en la Ley de Extranjería, todos los extranjeros que no tengan permiso de residencia en España perderán su tarjeta sanitaria y necesitarán la residencia legal. Las tarjetas sanitarias tienen una validez de unos dos años, pero el gobierno ha decidido no esperar a la fecha de caducidad para revocar las tarjetas de los residentes ilegales, independientemente de que hayan cotizado a la seguridad social en el pasado. Hasta el 31 de agosto de 2012, pueden seguir solicitando prestaciones con su tarjeta actual sin tener que demostrar que residen legalmente en España. Después de esa fecha, tendrán que demostrar que están dados de alta en la seguridad social.
Esta ley se aplica a los extranjeros indocumentados y a los extranjeros que entran en España como turistas procedentes de países que no tienen convenio sanitario con España (casi todos los países de la UE y algunos países latinoamericanos como Chile, Brasil, Perú y Ecuador, así como Marruecos y Túnez tienen convenios sanitarios). Los extranjeros de los Estados miembros de la UE que pretendan permanecer en España durante más de tres meses deben tener un seguro médico de estudiante, de trabajo o privado que cubra su asistencia sanitaria y la de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social española durante su estancia.
Los hijos de padres no inmigrantes menores de 18 años tienen derecho a la asistencia sanitaria primaria, al tratamiento hospitalario y a las consultas de especialistas, con las mismas prestaciones que los españoles.