Tramites para realizar una herencia

La herencia es un acto jurídico por el que una persona fallecida transmite sus bienes, derechos y obligaciones a una o varias personas, los herederos. Por tanto, un heredero es una persona física o jurídica que tiene derecho a una parte de los bienes heredados. El régimen jurídico que regula las herencias es la Ley de Sucesiones.

Cómo preparar los documentos para la herencia.

También se denomina herencia al conjunto de bienes, derechos y obligaciones tras el fallecimiento de una persona. Este conjunto de bienes y derechos se denomina a veces patrimonio. Por tanto, el patrimonio está formado por los bienes en el momento del fallecimiento del causante y excluye los bienes, derechos y obligaciones que se extinguen con la muerte. Esta herencia figura en el inventario de activos junto con los pasivos correspondientes. El procedimiento relativo a la herencia y los bienes a nombre del fallecido puede prolongarse durante un máximo de seis meses y un máximo de un año.

Pasos a seguir en los procedimientos de sucesión.

  1. Solicite el certificado de defunción en el registro civil en las 24 horas siguientes al fallecimiento.
  2. En un plazo de 15 días laborables a partir de la fecha del fallecimiento, solicite un testamento y un certificado de póliza de seguro a la oficina del Ministerio del Interior responsable del lugar de residencia.
  3. Solicite una copia certificada del testamento en la notaría donde se emitió el testamento. Si es muy antiguo, puede comprobar quién es el titular del congreso notarial en el siguiente enlace del Colegio de Notarios. Para realizar este trámite, debe acudir a la notaría con el original de su documento de identidad, el certificado de defunción y el testamento.
  4. Si el fallecido no hizo testamento, hay que hacer una declaración de herederos. En este caso, póngase en contacto con la notaría del último domicilio del fallecido para informarse sobre el procedimiento exacto y los documentos que debe presentar. Por regla general, se requiere el DNI del fallecido, la prueba del último domicilio conocido (también se puede solicitar un certificado de empadronamiento), el certificado de defunción, el testamento y los datos de los herederos que se indicarán posteriormente. El día de la firma de la declaración, el fallecido debe ir acompañado de dos testigos que no sean familiares del fallecido.
  5. Transcurridos 20 días hábiles desde que se convocó el testamento público o la declaración de herederos, puede aceptar o rechazar la herencia. En primer lugar, hay que presentar al notario todos los documentos relativos al patrimonio del fallecido. Escritura oficial, documentación del vehículo, último recibo del IBI, certificado bancario del saldo en la fecha del fallecimiento (emitido por el banco si se presenta el original del certificado de defunción), gastos de sepelio, … etc.
  6. Una vez recibida la copia certificada, hay que pagar el impuesto de sucesiones aplicable en cada municipio y el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos urbanos (plusvalía, que varía según el municipio).
  7. Si los bienes inmuebles están a nombre del fallecido, el procedimiento de cambio de titularidad debe realizarse en el registro de la propiedad. Para ello, hay que enviar el original de la escritura al registro de la propiedad, junto con el testamento o la declaración de herederos y la liquidación del impuesto.
  8. El mismo procedimiento debe seguirse con el banco de la cuenta bancaria del fallecido y, si un vehículo está registrado a nombre del fallecido, con la autoridad de tráfico. En este último caso, también deben adjuntarse otros documentos mencionados en la página web de Tráfico.

Documentos necesarios para los trámites de la herencia.

  • Copia del DNI del fallecido.
  • Copia de los herederos.
  • Certificados bancarios originales
  • Documentos del vehículo.
  • Certificados de defunción.
  • Declaraciones de intenciones
  • Testamento del fallecido
  • Copia de los títulos de propiedad (escrituras de venta o de herencia) del inmueble que se va a heredar.
  • Copia del testamento (si lo hay).
  • Póliza de seguro de vida
  • Impuesto de sucesiones pagado (formulario 660-650)
  • Impuesto sobre las ganancias de capital pagado
  • Inscripción en el registro de la propiedad
    Inscripción en el registro de la propiedad

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