Trámites para solicitar certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento

El certificado de defunción es un documento que certifica con qué compañía de seguros estaba asegurado el fallecido. Si el fallecido no estaba asegurado en ninguna compañía de seguros, debe indicarse claramente en el certificado.

Solicitud de certificado de defunción

Las pólizas de seguro para las que se pueden emitir certificados se refieren a pólizas de seguro de vida con prestaciones por fallecimiento y a pólizas de seguro de accidentes que cubren el fallecimiento del asegurado, ya sea individual o colectivo.

Procedimiento de solicitud del seguro de fallecimiento

La persona solicita la póliza

  1. Cumplimentar el formulario oficial de solicitud del Departamento de Justicia.
  2. Pague una tasa de 3,70 euros en INSTITUCIÓN FINANCIERA. Institución financiera
  3. Administración territorial o en en Madrid. Central telefónica Ministerio de Justicia.
  4. Póngase en contacto con el operador con los documentos requeridos.
  5. Recoger el certificado de residencia en este momento.

Solicitud por correo

  1. Cumplimentar el formulario oficial de solicitud del Ministerio de Justicia.
  2. Pagar una tasa de 3,70 euros en una entidad financiera colaboradora.
  3. Enviar la documentación requerida por correo al Registro General de Actos de Última Voluntad Ministerio de Justicia Plaza Jacinto Benavente, 3 28012 – Madrid.
  4. En un plazo de 10 días laborables, recibirá su certificado de testamento en la dirección indicada en su solicitud.

Documentos necesarios para la prueba de cobertura de fallecimiento

  • DNI del fallecido.
  • Formulario oficial de solicitud del Ministerio de Justicia ( ) Modelo 790 ).
  • Tasas administrativas del Departamento de Justicia (formulario 790).
  • Certificado de defunción original expedido por el registro civil.

    Información adicional

    • El formulario oficial de solicitud y la tasa del Ministerio de Justicia son un mismo documento.
    • El certificado de seguro de defunción debe solicitarse en un plazo de 15 días laborables a partir de la fecha del fallecimiento.
    • Si desea expedir un certificado sucesorio. Gracias a. a país extranjero Efecto de , se requiere la legalización. Recuerde indicarlo en Ya ha presentado una solicitud Si se emite bajo Legalización única o apostilla Hargue.
    • El certificado de defunción suele expedirse inmediatamente después de que la persona lo solicite. No obstante, se prevé que en algunos casos pueda ser necesario un periodo de tiempo más largo, normalmente no más de tres días laborables. El plazo para expedir este documento es de 10 días hábiles a partir de su presentación.
    • En el caso de las solicitudes presentadas por correo, el documento se expedirá en un plazo de 10 días laborables a partir de su recepción.
    • No se emiten certificados:
      – Contratos de seguro en ejecución de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, regulados por el Real Decreto 1588/1999, de 19 de octubre.

      – Contratos de seguro en los que el tomador y el beneficiario coinciden en caso de fallecimiento del asegurado.

    • El registro de seguros para las prestaciones por fallecimiento contiene datos durante cinco años a partir de la fecha de fallecimiento.

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    «Estamos trabajando para facilitar las cosas».

    Ver: Procedimiento de solicitud de certificados de sucesión.
    Procedimiento para solicitar la autentificación o apostilla del Documento de La Haya.

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